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Noticia Convocatoria de subvenciones 2024

 

Convocatoria de subvenciones 2024

 

Con fecha de 18 de abril de 2024 se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el extracto de la resolución de convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes comienza el 19 de abril y finaliza el 20 de mayo de 2024.

 

El objetivo de la convocatoria es fomentar e internacionalizar las invenciones de origen español a través de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad, financiando un porcentaje determinado de las distintas tasas que haya pagado el solicitante.

 

La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM), continúa impulsando la protección de las invenciones nacionales y la utilización de la propiedad industrial por las pequeñas y grandes empresas españolas como herramienta de acceso a los mercados internacionales, contribuyendo así a la mejora de la competitividad de aquellas personas y entidades del sector privado que han emprendido la búsqueda de mercados fuera de España.

 

Es por ello que ha puesto en marcha su convocatoria anual de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de 2024, por un montante total de 6.173.350 euros, para financiar el coste de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad, españoles y en el exterior.

 

Con fecha de 18 de abril de 2024 se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el extracto de la resolución de convocatoria. El texto completo se encuentra disponible en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en la página web de la OEPM.

 

La formalización y presentación de solicitudes se realizará de manera telemática a través de la sede electrónica de la OEPM (https://sede.oepm.gob.es), en el apartado «Otros trámites (PDAS/PATER/Subvenciones/Autorización presentación en el extranjero)», disponible en el menú «Subvenciones para el fomento de patentes y modelos de utilidad», o bien, directamente a través de este enlaceEl plazo de presentación de solicitudes comienza el 19 de abril y finaliza el 20 de mayo de 2024, ambos inclusive.

 

La convocatoria consta de dos programas. El programa para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior consiste en subvencionar actividades que supongan unos costes por el pago de tasas para la consecución de una patente europea, internacional o una patente nacional en oficinas nacionales extranjeras.

 

Se podrán beneficiar de este programa las personas físicas, PYME, grandes empresas e instituciones privadas sin ánimo de lucro, con residencia y domicilio fiscal en España que cumplan el resto de requisitos establecidos en la convocatoria.

 

Las actividades que podrá financiar la OEPM son las siguientes:

 

  • La extensión de una solicitud de una patente o de un modelo de utilidad, ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes. Entre otros conceptos subvencionables, la convocatoria de 2024 incluye trámites de solicitud, informe de búsqueda, examen o concesión, anualidades de la EPO y validación de patente europea.
  • Las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT: trámites de solicitud, búsqueda internacional o examen preliminar.
  • Las actividades objeto de subvención son aquellas cuyo gasto se haya realizado desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023

El programa para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles está destinado a subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles por parte de las PYME y las personas físicas.

 

Las actividades que podrá financiar la OEPM son las siguientes:

 

  • Las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles: trámites de solicitud y/o informe del estado de la técnica para solicitudes de patentes y modelos de utilidad y examen sustantivo para solicitudes de patentes (publicados en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial», durante los años 2021, 2022 y 2023).

 

Este año, como novedad, la Unión Europea ha modificado el límite de las ayudas de minimis, pasando de 200.000 a 300.000 euros.

 

En cumplimiento de la nueva normativa europea, el solicitante deberá aportar, cuando le sea requerido, un certificado de las ayudas de minimis recibidas de acuerdo con lo establecido en la convocatoria.