Documentación requerida por la nueva normativa sobre ayudas de minimis.
De acuerdo con la nueva normativa europea en materia ayudas de minimis, las personas físicas que NO sean autónomas debe acreditar en su caso, a través de una declaración responsable, que su solicitud ha sido efectuada por persona física que no realiza actividad económica y no es considerada «empresa» a efectos de las normas en materia de competencia establecidas en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, entendiendo como tal, cualquier entidad, sea persona física o jurídica, que ejerza una actividad económica, con independencia de su naturaleza jurídica y su modo de financiación.
No obstante, las personas físicas que SÍ sean autónomos, para ser beneficiario de una ayuda de minimis, se encuentra obligado a aportar a su expediente un certificado de las ayudas de minimis recibidas según constan registradas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, con independencia de haber solicitado la presente subvención a través de firma manuscrita o electrónica, no siendo admisible la mera consulta por parte de la OEPM de las ayudas de minimis recibidas. Si se hubiera marcado la casilla “empresario” por error al solicitar la subvención, deben proceder como personas físicas no autónomos y aportar la declaración responsable indicada en el párrafo anterior.
Es por ello que se dispone de 10 días hábiles para aportar a su expediente, a través de la sede electrónica la declaración responsable o el certificado de minimis, según el caso. Dicho plazo comprende del 25 de octubre al 8 de noviembre de 2024, ambos inclusive. El resto de solicitantes obligados a aportar su certificado de minimis (personas jurídicas) y aún no lo hayan hecho, pueden acogerse igualmente a este nuevo plazo.
Dispone de un modelo de declaración responsable denominado “Persona física no empresaria” al que puede acceder a través del siguiente enlace: https://www.oepm.es/es/sobre-OEPM/servicios-al-ciudadano/ayudas-y-subvenciones/ayudas-de-la-oepm-para-el-fomento-de-solicitudes-de-patentes-y-modelos-de-utilidad/Formularios/index.html
Puede acceder a su expediente en la sede electrónica de la OEPM (https://sede.oepm.gob.es), en la aplicación telemática habilitada a tal efecto, a través del menú Invenciones, apartado Otros trámites (PDAS/PATER/Subvenciones/Autorización presentación en el extranjero), seleccionando la opción Subvenciones para el fomento de patentes y modelos de utilidad, o bien, directamente a través de este enlace. En el menú Aportación de documentación podrá aportar la declaración solicitada o el certificado de minimis, según el caso.
El plazo para efectuar alegaciones y remitir la documentación requerida comprende del 14 al 25 de octubre de 2024, ambos inclusive.
Se comunica la puesta a disposición la PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL de concesión de subvenciones en la sede electrónica de la OEPM (https://sede.oepm.gob.es), en la aplicación telemática habilitada a tal efecto, a la que podrá acceder a través del menú Invenciones, apartado Otros trámites (PDAS/PATER/Subvenciones/Autorización presentación en el extranjero), seleccionando la opción Subvenciones para el fomento de patentes y modelos de utilidad, o bien, directamente a través de este enlace. Las propuestas se encuentran en el apartado Consulta de comunicaciones.
De acuerdo con lo establecido en el punto primero del apartado duodécimo de la convocatoria, se dispone de 10 días hábiles para formular las alegaciones que estime convenientes.
MUY IMPORTANTE: se debe aportar la declaración responsable indicada en el punto segundo del apartado undécimo de la convocatoria. Dispone de los formularios al efecto en /es/sobre-OEPM/servicios-al-ciudadano/ayudas-y-subvenciones/ayudas-de-la-oepm-para-el-fomento-de-solicitudes-de-patentes-y-modelos-de-utilidad/Formularios/index.html
Asimismo, de acuerdo con la letra g) del punto séptimo del apartado séptimo de la convocatoria, se debe presentar un certificado de las ayudas de minimis recibidas según constan registradas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Dicho certificado se puede obtener de forma telemática, con certificado electrónico titularidad del solicitante de la subvención, a través del portal Infosubvenciones o bien directamente mediante el siguiente enlace https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio seleccionando a la izquierda "Servicios electrónicos, certificado de minimis".
La declaración y los certificados requeridos se deben aportar en el mismo plazo que el indicado para formular alegaciones: dicho plazo comprende del 14 al 25 de octubre de 2024, ambos inclusive, a través de la sede electrónica de la OEPM en el menú Aportación de documentación, mediante el acceso a su expediente.
DOCUMENTACIÓN
Si durante la cumplimentación de la solicitud de subvenciones apareciera algún mensaje de error, pueden remitir un correo electrónico a la dirección SoporteFuncional@oepm.es, indicando la versión exacta de su navegador, así como la descripción detallada del problema surgido, los mensajes de error y las capturas de pantalla que sean convenientes. Si encuentra alguna otra dificultad con la cumplimentación de alguno de los datos de la solicitud o necesita clarificar algún punto de la convocatoria, puede enviar un correo electrónico a la dirección Ayuda.Subvenciones@oepm.es.