Durante el procedimiento de alta/baja del representante de una solicitud/derecho de protección de invención o para realizar un trámite concreto, la Ley de Patentes contempla la realización de un examen de los requisitos establecidos, tras el cual la OEPM puede dar de alta/baja el representante o rechazar la solicitud, en cuyo caso, se mantiene la representación anterior.
El solicitante/titular de un derecho de protección de una invención puede solicitar gratuitamente el alta/baja de un representante o agente de la propiedad industrial. También puede presentar dicha solicitud el mismo representante o agente.
La OEPM examina si la solicitud cumple los requisitos establecidos.
Si no hay defectos, la OEPM da de alta/baja el representante. En caso contrario, se mantiene la representación anterior, en su caso.