Ministerio de Industria, Turismo y Comercio LogoMinisterior
 

Buscar marcas y nombres comerciales

 

Durante el procedimiento de presentación de modificaciones de una solicitud/derecho de protección de una invención, la Ley de Patentes contempla la realización de un examen de los requisitos establecidos, tras el cual la OEPM puede aceptar o rechazar la modificación.

 

1

Presentación de la solicitud

El solicitante/titular de un derecho de protección de una invención que esté en vigor en España puede solicitar la modificación de las reivindicaciones, así como del resto de documentos de la memoria (descripción, dibujos, lista de secuencias) con objeto de mantener la coherencia de la solicitud.

2

Examen de la solicitud

La OEPM examina si se ha abonado la tasa de modificaciones y la solicitud cumple los requisitos establecidos.

3

Intención de rechazar la solicitud

Solo si la modificación es relativa a una corrección o adición de prioridad, antes de rechazar la modificación, la OEPM comunica al solicitante la intención de rechazar, así como los defectos para que los subsane en el plazo de 10 días.

4

Admisión o rechazo de las modificaciones

Si no existen defectos, la OEPM admite las modificaciones. Y en caso contrario, las rechaza.

5

Publicación de las modificaciones

Si se admiten las modificaciones de la solicitud/derecho de protección de una invención y se hubiera publicado la solicitud o el derecho de protección con errores, se publica en BOPI una rectificación y, en su caso, el folleto de corrección correspondiente.

 

Información complementaria

 

  • Normativa de invenciones

    Ir a Normativa de invenciones
  • Tasas de invenciones

    Ir a Tasas de invenciones
  • Calculadoras de plazos

    Ir a Calculadoras de plazos
  • Cómo puedes hacer los trámites

    Ir a Cómo puedes hacer los trámites