Durante el procedimiento de solicitud de una certificación o de una copia autorizada, relativos a una solicitud/derecho de protección de una invención, la Ley de Patentes contempla la realización de un examen de los requisitos establecidos, tras el cual la OEPM puede resolver remitiendo al peticionario la certificación o la copia autorizada solicitada o anulando la solicitud.
El solicitante/titular de un derecho de protección de una invención que esté en vigor en España o cualquier otra persona autorizada por dicho solicitante/titular, pueden solicitar una certificación de datos registrales o una copia autorizada de la solicitud.
La OEPM examina si se ha abonado la tasa y la solicitud cumple los requisitos establecidos. Solo si existen defectos en la solicitud de copia autorizada, la OEPM los comunica al peticionario para que los subsane en el plazo de 2 meses.
Si no existen defectos, la OEPM remite la certificación o la copia autorizada al peticionario. Y en caso contrario, anula la solicitud.