Durante el procedimiento de solicitud de una prórroga del plazo para realizar un trámite o contestar a una notificación de la OEPM, relativos a una solicitud/derecho de protección de una invención, la Ley de Patentes contempla la realización de un examen de los requisitos establecidos, tras el cual la OEPM puede resolver concediendo o denegando la prórroga de plazos.
El solicitante/titular de un derecho de protección de una invención puede solicitar gratuitamente la prórroga de plazos para realizar un trámite o contestar a una notificación de la OEPM.
La OEPM examina si la solicitud cumple los requisitos establecidos.
Si el plazo es prorrogable y la prórroga se ha solicitado antes de que finalice dicho plazo, se concede. En caso contrario, se deniega.
La resolución se publica en el BOPI y frente a ella se puede interponer recurso de alzada en el plazo de 1 mes desde la fecha de publicación de la resolución.