Durante el procedimiento de limitación o revocación de una patente nacional, un modelo de utilidad o una patente europea con efectos en España, la Ley de Patentes contempla la realización de un examen de los requisitos establecidos, tras el cual la OEPM puede resolver concediendo o denegando la petición.
El titular de una patente nacional, un modelo de utilidad o una patente europea con efectos en España puede solicitar la limitación del derecho de protección modificando las reivindicaciones, o bien la revocación del mismo.
La OEPM examina los requisitos para admitir a trámite la petición de limitación o revocación y si existe un procedimiento judicial pendiente sobre el derecho de protección, la OEPM solicita autorización al Juez o Tribunal competente.
Si en el plazo de 1 mes no existe contestación del Juez, la OEPM continúa la tramitación. Si el Juez deniega la autorización, no se tramita la petición de revocación o limitación.
La OEPM examina si se ha abonado la tasa y la solicitud cumple los requisitos establecidos. Si existen defectos, la OEPM los comunica al solicitante para que los subsane en el plazo de 2 meses.
Si no existen defectos, la OEPM concede la limitación o revocación solicitada. Y en caso contrario, la deniega.
La resolución se publica en el BOPI y frente a ella se puede interponer recurso de alzada en el plazo de 1 mes desde la fecha de publicación de la resolución. Además, si se concede la limitación, se publica un folleto con el contenido íntegro de la patente limitada o del modelo de utilidad limitado.