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Preguntas frecuentes propiedad industrial

Correo electrónico

historico@oepm.es

Horario

De lunes a viernes de 09:30 a 14:00

Documentos que integran el Archivo Histórico

Los documentos generados por las instituciones antecesoras de la OEPM desde 1826 hasta 1939. El acceso y consulta de losdocumentos es gratuito.

Información a disposición de los usuarios

En la página web del Archivo Histórico (http://historico.oepm.es/)pueden consultarse las siguientes bases de datos:

- Privilegios de invención 1826- 1878

- Patentes 1878-1943

- Patentes 1930-1966

- Marcas 1865-1905

- BOPI1866-1965.

- Geoposicionamiento.

Servicios a usuarios externos

- Consultas en sala de investigadores previa cita

- Consultaspor correspondencia.

- Reprografía en soporte digital, previo pago de los precios públicoscorrespondientes.

- Búsquedas de información. Se deben solicitarsiempre por correo electrónico a la dirección: historico@oepm.es

Cómo solicitar copias de expedientes del Archivo Histórico

- Solicitudes

Las solicitudes de copias de documentos del Archivo Histórico de la OEPM se podrán realizar presencialmente en la sala de consultas o por correspondencia (correo electrónico, carta).

Se podrá facilitar un presupuesto aproximado a petición del solicitante.

- Tipos y precios de las reproducciones

Los servicios por reproducción de documentos que ofrece elArchivo Histórico y sus preciosse recogen en la Orden ITC/742/2009, de 20 de marzo, por la que se establecen los precios públicos de la OEPM. Son los siguientes:

2,11. Reproducción digital / por imagen escaneada: 0,60€

2,12. Grabación en CD o DVD / por cada CD o DVD: 3,00€

2,13. Reproducción en papel formato A4 a partir de soporte Digital / por imagen:0,23€

Estos precios llevarán el incremento de un 16% de IVA.

Las imágenes escaneadas podrán grabarse en memorias externas o enviarse por correo electrónico, si no son muy voluminosas, sin ningún coste adicional.

- Forma de pago

Cuando se resida en Madrid, el pago se realizará antes de recoger las copiasmediante el ingreso de la cantidad resultante, consignada en el impreso por el personal del Archivo, en cualquier Oficina de la Caixa.

En el caso de solicitudes de fuera de Madrid el impreso se podrá obteneren las Áreas de Industria de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno o si se prefiere, el Archivo puede enviar el impresopor correo postal.

Un ejemplar del impreso validado por el banco deberá entregarse en la sede de la OEPM al recoger las copias, o remitirse por correo postal, cuando no se resida en Madrid, a la siguiente dirección: Archivo. OEPM. Paseo de la Castellana 75. Madrid – 28071. Una vez recibido el justificante del ingreso se enviaránlas copias.

Para más información, pueden ponerse en contacto con el Archivo Histórico en la dirección historico@oepm.es

- Finalidad de las reproducciones

Las reproducciones de documentos del Archivo Histórico se autorizarán únicamente con fines científicos o de investigación histórica. Para publicar imágenes de documentos será necesario solicitar autorización expresa.

Contra cualquier resolución dictada por la Oficina, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes contado desde la publicación de la resolución en el B.O.P.I. (Boletín Oficial de la Propiedad Industrial).

El competente para resolverlo será el órgano superior jerárquico al que lo dictó. Su interposición será imprescindible para poder acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa y no supone la suspensión de la ejecución del acto impugnado.

El plazo para interponer el recurso de alzada es de un mes. En el supuesto de que el último día del plazo fuera sábado, el recurso podrá interponerse válidamente el primer día hábil siguiente a ese sábado.

El recurso será inadmitido en el supuesto de que no se interponga dentro de los plazos establecidos.

Para interponer un recurso de alzada contra una resolución de la OEPM es imprescindible abonar la tasa de recurso, clave I502 si lo abona por vía electrónica y clave I302 si lo hace de forma presencial. La falta de pago de la tasa de recurso dará lugar a la inadmisión del mismo.
Puede consultar las tasas en el apartado "Tasas y precios públicos" de  la página web de la OEPM. 
Existe la posibilidad de obtener la devolución de la tasa de recurso. Ésta viene reconocida en el artículo 27.2 de la Ley de Marcas, en el artículo 183.4 de la Ley de Patentes y en el 41.4 de la Ley de Diseño y deben cumplirse los requisitos que en dichos artículos se establecen.