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Preguntas frecuentes propiedad industrial

Sí. Los derechos de propiedad industrial pueden transmitirse, darse en garantía o ser objeto de derechos reales con independencia de la transmisión de la totalidad o parte de la empresa. Para que tengan efecto frente a terceros de buena fe, dichos actos deberán ser inscritos en la OEPM.

Entre los principales actos de gravamen se encuentran:

- las licencias: el titular del derecho permite su uso o explotación a otras personas pero sigue siendo su “propietario”

- cesiones: el titular del derecho cede la propiedad a terceros

- hipotecas mobiliarias: el titular del derecho entrega el mismo en garantía de un pago

- usufructo: el titular otorga el disfrute del derecho a tercero, dicho disfrute puede ser la explotación o uso o bien, las propias rentas obtenidas por el pago de licencias a terceros.

Si tienes dudas sobre la situación o tramitación de un expediente de propiedad industrial, puedes contactar con la OEPM a través de los teléfonos  y el correo electrónico de información (910780780, 902157530, informacion@oepm.es).

Puedes seguir la tramitación de tu expediente a través de las siguientes aplicaciones:
MIO - Mi OEPM: desde el día siguiente a la entrada de la solicitud en la OEPM, puedes consultar los datos bibliográficos, los actos de tramitación, los pagos de las tasas, las publicaciones de folletos, las publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI), así como toda la documentación de tu expediente.
Para poder acceder, debes registrarte a través de Cl@ve según tu perfil (solicitante/titular, agente de la propiedad industrial o representante). 
CEO - Consulta de Expedientes OEPM: desde que se publica la solicitud, puedes consultar los datos bibliográficos, los actos de tramitación, los pagos de las tasas, las publicaciones de folletos, así como la documentación pública de tu expediente.
El acceso no requiere registro previo.
Puedes consultar y descargar las publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) a través de la siguiente aplicación:
BOPI - Búsqueda de publicaciones

No obstante, cualquier defecto que la OEPM detecte en la tramitación de tu expediente que impida la concesión de un derecho de propiedad industrial, se comunicará dando siempre la posibilidad de subsanar los defectos encontrados.
Si en la instancia indicas un representante o agente de la propiedad industrial, todas las comunicaciones relativas a la tramitación de tu expediente se enviarán a dicho representante o agente de la propiedad industrial.
En general, si eres una persona física, las comunicaciones se enviarán a la dirección de notificación y por el medio de notificación preferente que hayas indicado en la instancia de solicitud (correo electrónico o correo postal).
Para personas jurídicas y agentes de la propiedad industrial, las comunicaciones se enviarán por correo electrónico. 

Sí. Los que se presenten en las Oficinas de las Comunidades Autónomas, podrán ser redactados en sus idiomas oficiales distintos del castellano, pero tienen que ser acompañados de la correspondiente traducción al castellano que se considerará auténtica en caso de duda entre ambos textos.

Sin embargo, los que se presenten directamente en la sede de la OEPM deberán estar redactados en castellano.

El cambio de domicilio debe efectuarlo en el formulario 4005-bis y remitirlo a Oficina española de Patentes y Marcas, Pº de la Castellana, 75. 28071 Madrid.

Es IMPRESCINDIBLE que indique modalidad (marca, nombre comercial, patente, diseño...) y número del expediente.