Si deseas distinguir tus productos, servicios o ambos de los de otra empresa, es posible que necesites una marca o nombre comercial. Descubre qué son, en qué consiste su procedimiento de registro y qué implica.
Información sobre los plazos de presentación de solicitudes de transformación de marcas de la Unión Europea en marca nacional española. Más información
Si tienes un nuevo dispositivo, producto o procedimiento que resuelva un problema técnico o tenga una ventaja práctica, existen distintas formas de protegerlo en España y en otros países. Descubre cómo hacerlo.
¿Tu innovación reside en la estética, la ornamentación o la apariencia de tu producto? Protégela mediante un diseño industrial. Descubre qué derechos confiere el registro y cómo realizar la tramitación.
Las indicaciones geográficas protegen el nombre de un producto originario de una zona geográfica, a la cual le debe una determinada calidad, reputación u otra característica. Descubre qué son, en qué consiste su procedimiento de registro y qué beneficios conceden.
Las patentes publicadas en todo el mundo son una valiosa fuente de información científica, técnica y comercial.
La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea cierra la solicitud de ayuda del Fondo para pymes (SME Fund) hasta la siguiente convocatoria en 2026.
Si eres emprendedor/a o una empresa y quieres potenciar y mejorar la rentabilidad de tu negocio protegiendo de forma adecuada los activos intangibles de tu organización, en este espacio encontrarás lo necesario.
En virtud del artículo 149.1.9 de la Constitución la competencia sobre propiedad Industrial e Intelectual es exclusiva del Estado.
No obstante, las Comunidades Autónomas podrían asumir competencias de ejecución como el examen formal de las solicitudes.
Hasta el momento, en la medida en que ninguna Comunidad Autónoma ha asumido tales competencias, éstas se realizan por la Oficina Española de Patente y Marcas.
Es necesario cumplir con una serie de requisitos técnicos
- Tener instalado el Acrobat Reader versión 9.0 o superior.
- Disponer de navegadores que soporten JAVA, como Internet Explorer o Firefox versión 41 o inferior.
- Para realizar determinados trámites electrónicos, es necesario estar en posesión del DNI Electrónico u otro Certificado Electrónico, que cumpla con la recomendación UIT X.509.V3 (ISO/IEC 9594-8 de 1997 o posterior). Estos tendrán que ser emitidos por un Prestador de Servicios de Certificación que permita la firma electrónica avanzada y reconocido por la Administración Pública (haga clic Aquí para consultar los prestadores con certificados reconocidos por la plataforma @firma). Es importante recalcar que para solicitudes de Marcas, Nombres Comerciales o Diseños Industriales no es necesario Disponer de Certificado Electrónico, siempre y cuando el pago sea realizado con Tarjeta bancaria.
- En el caso de pagos a través de AEAT (Agencia Tributaria), es indispensable disponer de DNI Electrónico u otro Certificado Digital mencionado en el párrafo anterior. Y debe tenerse en cuenta que:
• La persona, tanto física como jurídica, que sea titular de la cuenta corriente donde se vayan a hacer los cargos debe ser titular de un certificado del tipo arriba indicado.
• Dicha cuenta corriente sea de un banco con los que trabaja la Agencia Tributaria (haga clic Aquí para consultar la lista de bancos admitidos por la AEAT).
• Deberá tener instalado un ActiveX de la Agencia Tributaria para poder firmar. Puede consultar el manual de instalación en el caso de no tenerlo instalado (ver Manual de Instalación)
• Deberá permitir la apertura de pantallas emergentes desde la AEAT. Ver manual de configuración.
• Algunos Software de Antivirus, firewall y bloqueadores de anuncios, pueden bloquear los trámites de pagos.
Para obtener más información consulte el apartado de “Preguntas más frecuentes” relacionadas con trámites electrónicos.
Todos los formularios para la realización de trámites ante la OEPM pueden descargarse de la página web de la OEPM www.oepm.es (apartado de Formularios en la página de inicio).Si requiere ayuda para ello puede dirigir un correo electrónico a:
No se admite la presentación de documentos por correo electrónico.
La presentación electrónica de solicitudes o documentos sólo es posible a través de la Sede Electrónica de la OEPM.
