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Preguntas frecuentes propiedad industrial

En España la Propiedad Industrial protege todas las creaciones que están relacionadas con la industria: patentes y modelos de utilidad, signos distintivos y diseños.

Por el contrario la Propiedad Intelectual se reserva para la protección de las creaciones del espíritu en las que queda plasmada la personalidad del autor, tratándose de creaciones únicas y no producidas industrialmente o en serie.

Dichas creaciones pueden ser obras literarias y artísticas como las novelas, poemas y obras de teatro, películas, obras musicales, obras de arte, dibujos, pinturas, fotografías y esculturas o diseños arquitectónicos, así como las reglas para juegos y los programas de ordenador.

Para cada una de ellas existen leyes diferentes y los organismos encargados de su gestión son también distintos: la Oficina Española de Patentes y Marcas interviene en el reconocimiento de los derechos de propiedad industrial y el Registro de la Propiedad Intelectual en el de los derechos de Propiedad Intelectual.

La organización y direcciones del Registro de la Propiedad Intelectual pueden consultarse aquí.

En este tipo de creaciones sólo se podría proteger como marca el nombre del programa, concurso o juego. Pero las reglas o el formato no, y la protección habría que buscarla a través de las normas de Propiedad Intelectual.

El artículo 4 de la Ley de Patentes excluye específicamente del concepto de patentabilidad "los planes, reglas y métodos, etc. para el ejercicio de actividades económico-comerciales..." En la Oficina Española de Patentes y Marcas no pueden protegerse las ideas de negocio al no tratarse de invenciones de aplicación industrial, es decir, aparatos, mecanismos, instrumentos, productos, etc. que se fabriquen en una industria.

Los proyectos de diseño no son competencia de la Oficina Española de Patentes y Marcas. Este tipo de creaciones se protegen como derechos de autor con copyright. El Organismo competente es el Registro de la Propiedad Intelectual.

De manera general este tipo de servicios se realizan mediante contratos entre las partes. Es recomendable consultar con un abogado especialista los términos del contrato que vayan a firmar las partes interesadas.