Si deseas distinguir tus productos, servicios o ambos de los de otra empresa, es posible que necesites una marca o nombre comercial. Descubre qué son, en qué consiste su procedimiento de registro y qué implica.
Información sobre los plazos de presentación de solicitudes de transformación de marcas de la Unión Europea en marca nacional española. Más información
Si tienes un nuevo dispositivo, producto o procedimiento que resuelva un problema técnico o tenga una ventaja práctica, existen distintas formas de protegerlo en España y en otros países. Descubre cómo hacerlo.
¿Tu innovación reside en la estética, la ornamentación o la apariencia de tu producto? Protégela mediante un diseño industrial. Descubre qué derechos confiere el registro y cómo realizar la tramitación.
Las patentes publicadas en todo el mundo son una valiosa fuente de información científica, técnica y comercial.
El Bono 3 del Fondo para PYMEs 2025, que cubre la elaboración de Informes Tecnológicos de Patentes (ITP) y Búsquedas Retrospectivas se cerrará el lunes 10 de febrero de 2025 al cierre de la jornada laboral. Próximamente se informará sobre su reapertura. Puede consultar más información aquí.
Si eres emprendedor/a o una empresa y quieres potenciar y mejorar la rentabilidad de tu negocio protegiendo de forma adecuada los activos intangibles de tu organización, en este espacio encontrarás lo necesario.
Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.
A lo largo del procedimiento de nulidad o caducidad únicamente debe abonarse una tasa, la tasa de solicitud de una nulidad o caducidad, que corresponde al solicitante de la misma. En caso de que la tasa no se abone, la solicitud se inadmitirá.
El importe de la tasa puede consultarse en la página web de la OEPM (Tasas OEPM).
No, no es posible solicitar daños y perjuicios en estos procedimientos. En el ámbito de los procedimientos administrativos de nulidad o caducidad, la OEPM no tiene competencia sobre la reclamación de los daños y perjuicios recogidos en el artículo 60.3 de la Ley de Marcas ligados a la posible existencia de mala fe.
La Ley de Marcas no ha previsto la posibilidad de imponer una codena en costas en los procedimientos de nulidad o caducidad, por lo que no es posible esta imposición.
No, no es necesario que los poderes generales incluyan una mención específica a estos procedimientos. Los poderes otorgados con anterioridad a la asunción de competencias en materia de nulidad y caducidad son válidos siempre que otorguen poderes suficientes de actuación ante la OEPM.