Si deseas distinguir tus productos, servicios o ambos de los de otra empresa, es posible que necesites una marca o nombre comercial. Descubre qué son, en qué consiste su procedimiento de registro y qué implica.
Información sobre los plazos de presentación de solicitudes de transformación de marcas de la Unión Europea en marca nacional española. Más información
Si tienes un nuevo dispositivo, producto o procedimiento que resuelva un problema técnico o tenga una ventaja práctica, existen distintas formas de protegerlo en España y en otros países. Descubre cómo hacerlo.
¿Tu innovación reside en la estética, la ornamentación o la apariencia de tu producto? Protégela mediante un diseño industrial. Descubre qué derechos confiere el registro y cómo realizar la tramitación.
Las indicaciones geográficas protegen el nombre de un producto originario de una zona geográfica, a la cual le debe una determinada calidad, reputación u otra característica. Descubre qué son, en qué consiste su procedimiento de registro y qué beneficios conceden.
Las patentes publicadas en todo el mundo son una valiosa fuente de información científica, técnica y comercial.
Si eres emprendedor/a o una empresa y quieres potenciar y mejorar la rentabilidad de tu negocio protegiendo de forma adecuada los activos intangibles de tu organización, en este espacio encontrarás lo necesario.
Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.
La solicitud de transformación se tramitará como una solicitud de marca nacional cuando la misma tenga por objeto una solicitud de registro de marca de la Unión que todavía no hubiera llegado a registrarse ante la EUIPO. Si la solicitud de transformación se refiriera a una marca de la Unión que ya hubiera sido registrada ante la EUIPO, se acordará sin más trámite su concesión como marca nacional aplicándosele las disposiciones del artículo 22.4 de la Ley de Marcas.
La marca nacional resultante de la transformación se considerará presentada en la fecha de presentación que se le hubiere otorgado como solicitud de marca de la Unión y, si tenía prioridad o antigüedad reivindicada, gozará de estos derechos
Sí, el solicitante deberá abonar ante la OEPM la tasa de solicitud de registro, cuya cuantía dependerá de si se presenta en papel (únicamente en los supuestos previstos en el art. 14 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) o a través de la sede electrónica: claves MT01 o ME01, respectivamente.
Cuenta con la posibilidad de solicitar la transformación de la marca de la Unión Europea para los países en los que quiera seguir teniendo efectos, en este caso para España.
