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Beneficios de proteger las indicaciones geográficas

La protección de indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales tiene como fin conservar y desarrollar el patrimonio cultural, así como para contribuir al incremento de la rentabilidad y al atractivo de profesiones artesanales tradicionales.

 

Para los consumidores, constituye una garantía sobre la calidad y la autenticidad de un producto, sobre las técnicas de fabricación y/o las tradiciones asociadas al origen geográfico de los productos.

 

Para los productores, es un modo de valorizar sus productos y su saber hacer, así como una herramienta eficaz contra la competencia desleal y las falsificaciones. De esta forma, encontrarán incentivos para la elaboración de productos de calidad y tendrá un efecto positivo general en las zonas donde se fabrican estos productos. En estas zonas se contribuirá a la creación de puestos de trabajo, reforzando la competitividad de fabricantes y PYMEs. También tendrá un impacto positivo en el turismo nacional y regional.

 

Las Indicaciones geográficas estarán protegidas contra:

  • todo uso comercial directo o indirecto de la indicación geográfica en relación con productos no amparados por el registro, cuando dichos productos sean comparables a los productos amparados por el registro o cuando el uso del nombre se aproveche del renombre de la indicación geográfica protegida, lo debilite, diluya o perjudique;
  • todo uso indebido, imitación o evocación del nombre protegido como indicación geográfica, incluso si se indica el verdadero origen de los productos o servicios o si la indicación geográfica protegida se traduce o se acompaña de expresiones tales como «estilo», «tipo», «método», «producido como en», «imitación», «sabor», «fragancia», «parecido» o similar;
  • cualquier otro tipo de indicación falsa o engañosa en cuanto a la procedencia, el origen, la naturaleza o las cualidades esenciales del producto que se emplee en el embalaje interior o exterior, en el material publicitario o en documentos o información proporcionados en interfaces en línea relativas al producto, así como la utilización de envases que por sus características puedan crear una impresión errónea en cuanto a su origen;
  • cualquier otra práctica que pueda inducir a error al consumidor en cuanto al verdadero origen del producto.

 

Todo productor que cumpla con los requisitos del pliego de condiciones podrá usar, en los productos designados, el nombre protegido, el símbolo de la Unión establecido para las indicaciones geográficas protegidas, la mención «indicación geográfica protegida» y la abreviatura «IGP».

 

PGI

 

Además, todos los productores del producto designado mediante una indicación geográfica protegida podrán unirse en cualquier momento a la agrupación de productores que haya solicitado el registro del nombre como indicación geográfica, siempre que cumplan con el pliego de condiciones.