El Boletín Oficial del Senado ha publicado el texto del Proyecto de Ley de Marcas, aprobado por el Congreso de los Diputados.
Entre las modificaciones introducidas por el Congreso destaca la supresión del examen que realiza la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) de "parecidos" de títulos anteriores respecto de la marca solicitada.
Las razones para tal modificación son principalmente las siguientes: alinearse con los sistemas mayoritarios en el entorno europeo y, en particular con el sistema de marca comunitaria que surte en España los mismos efectos que una marca nacional; evitar el planteamiento por la Administración de conflictos artificiales al señalar de oficio marcas anteriores cuando su titular no tiene interés en oponerse a la nueva solicitud y ganar en rapidez y eficacia.
La OEPM, no obstante, realizará búsquedas informáticas de marcas "parecidas" a la que se solicita y comunicará, a efectos informativos, la existencia de la solicitud de registro a quienes resulten de la citada búsqueda que podrán decidir, así, oponerse o no a la marca que se solicita. En el procedimiento actual es la propia OEPM la que suspende la totalidad de las solicitudes respecto de las cuales se detectan parecidos anteriores, activando con frecuencia marcas que están en desuso o que estando en uso, el titular de la misma no tiene interés en defender.
Otra novedad importante introducida en el Congreso de los Diputados consiste en una previsión de que el Registro Mercantil no otorgará las denominaciones sociales de personas jurídicas que puedan originar confusión con una marca o nombre comercial notorios, salvo consentimiento del titular. Se profundiza, de esta forma, en una mayor coordinación entre denominaciones sociales y marcas impidiendo la inscripción en el Registro Mercantil de aquellas que resultan conocidas para el público.
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