La duración de una marca o nombre comercial es de 10 años desde la fecha de presentación de la solicitud y puede renovarse por períodos sucesivos de diez años.
Se puede presentar la solicitud de renovación en los seis meses anteriores a la expiración del registro. La fecha de expiración del registro se obtiene sumando 10 años a la fecha de presentación de la solicitud de la marca o nombre comercial.
Transcurrido dicho plazo, podrá solicitarse en los seis meses siguientes a la fecha de expiración del registro abonando recargos en la tasa de renovación. Durante los tres primeros meses deberá abonarse un recargo del 25% de la tasa. En los siguientes tres meses (cuarto, quinto y sexto desde fecha de expiración del registro) deberá abonarse un recargo de un 50% de la tasa.
La solicitud de renovación de marca o nombre comercial se puede presentar por el titular o un derechohabiente. Si se solicita por un derechohabiente, se deberá acreditar esta cualidad solicitando el cambio de titularidad (cambio de nombre o cesión) correspondiente. Puede consultar más abajo cómo solicitar un cambio de nombre.
Puede consultar cómo solicitar la inscripción de una cesión aquí.
Puede renovar su marca o nombre comercial:
Si no está obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración puede presentar la renovación en papel. Puede acceder al formulario de renovación 4105:
La tasa de renovación se calcula en función del número de clases que se desea renovar. Además, deberá tenerse en cuenta que una vez transcurrida la fecha de expiración de registro, durante los tres meses siguientes deberá abonarse un recargo del 25% de la tasa y en los tres meses subsiguientes el recargo será de un 50% de la tasa.
Pueden consultarse las tasas en vigor:
Si se solicita la renovación a través de la Sede Electrónica de la OEPM la tasa a abonar se calcula automáticamente.
Según lo dispuesto en el artículo 32.8 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, en los casos en los que se haya denegado la renovación si lo solicita el interesado se devolverá el 75% de las tasas abonadas.
Se pueden renovar únicamente algunas de las clases para las que está registrada una marca o nombre comercial. En la solicitud deberá indicarse que se trata de una renovación PARCIAL y se deberán seleccionar la clase o clases que se desea renovar.
La renuncia de una marca o nombre comercial conlleva la dejación de derechos por el titular de una marca o nombre comercial. Para solicitar la renuncia total o parcial de una marca o nombre comercial se debe aportar una solicitud de renuncia que incluya los siguientes datos: una indicación de que se solicita la renuncia parcial o total, la identificación y dirección del titular, los números de expedientes afectados y la firma del titular.
Si se realiza el trámite por un representante del titular se comprobará que posee poder suficiente para el trámite de renuncia.
Además, según lo dispuesto en el artículo 56.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, si existen derechos reales, opciones de compra, embargos, licencias o acciones reivindicatorias en curso inscritas en la marca o el nombre comercial, no podrá admitirse la renuncia sin que conste el consentimiento de los titulares de estos derechos.
Puede solicitar una renuncia total o parcial de una marca o nombre comercial:
Además de las indicaciones del apartado anterior, si se trata de una renuncia parcial, deberán aportarse adicionalmente dos listados:
Puede solicitar una renuncia total o parcial de una marca o nombre comercial si ya están registrados (concedidos). Si la marca o nombre comercial se encuentran en tramitación, no procede solicitar una renuncia sino un desistimiento total o parcial de la marca o nombre comercial en trámite de registro:
Para que conste en las bases de datos de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. el cambio de nombre del titular o solicitante de una marca o nombre comercial deberá solicitar un cambio de nombre.
A diferencia de lo que ocurre en una cesión, en el cambio de nombre la titularidad permanece intacta, no hay traslación de dominio. El titular cambia su nombre. En la cesión o transferencia se produce una traslación del dominio, inscribiéndose en el registro la titularidad del nuevo propietario.
Puede solicitar una solicitud de cambio de nombre:
Deberá presentar el formulario 4005 de cambio de nombre del solicitante o titular, que puede descargar en el propio trámite de la Sede Electrónica, y pagar las tasas correspondientes. Deberá abonarse una tasa de cambio de nombre por cada marca o nombre comercial afectado:
Para que conste en las bases de datos de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. el cambio de dirección del titular o solicitante de una marca o nombre comercial deberá solicitar un cambio de dirección.
Puede solicitar un cambio de dirección del titular o solicitante:
Deberá presentar el formulario 4005bis, de cambio de dirección del solicitante o titular, que puede descargar en el propio trámite de la Sede Electrónica. Los cambios en la dirección del solicitante o titular de una marca o nombre comercial no están sujetos al pago de tasa alguna:
Para que conste en las bases de datos de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. el cambio de dirección del representante de una marca o nombre comercial deberá solicitar un cambio de dirección.
Puede solicitar un cambio de dirección del representante:
Deberá presentar el formulario 4012 de cambio de nombre del solicitante o titular, que puede descargar en el propio trámite de la Sede Electrónica. Los cambios en la dirección del representante de una marca o nombre comercial no están sujetos al pago de tasa alguna:
Tras la resolución de concesión no se pueden realizar modificaciones en el distintivo de la marca o nombre comercial registrado salvo la excepción prevista en el artículo 33 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas. Tampoco se pueden realizar modificaciones en el momento de la renovación de una marca o nombre comercial.
El artículo 33 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas realiza una excepción permitiendo la modificación del distintivo de las marcas o nombres comerciales registrados que incluyen el nombre y la dirección del titular. Se podrá modificar o suprimir el nombre o la dirección del titular de estas marcas y nombres comerciales siempre que dichas modificaciones no afecten sustancialmente a la identidad de la marca o el nombre comercial tal y cómo fue registrada originariamente.
Se puede solicitar y abonar la tasa para la modificación del distintivo de una marca o nombre comercial según el artículo 33 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas