Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.
La Ley de Patentes extiende la protección del derecho de patente de procedimiento del titular por entender que, sin la realización del mismo, no cabría la obtención del producto resultante y por tanto, su protección sería incompleta.
Finalmente, la Ley reconoce al titular de la patente de procedimiento en España los mismos derechos que tendría respecto de dicho producto si se hubiera producido en España.
Asimismo, cuando existe una patenten de procedimiento para la fabricación de productos o sustancias nuevas, la Ley presume que dicho producto ha sido fabricado por el procedimiento patentado. En estos casos, corresponde al demandado en procedimientos de infracción demostrar que la fabricación del producto se realizó por un procedimiento distinto.
La Ley dispensa protección al titular de una patente o modelo de utilidad frente a la explotación no consentida por parte de terceros en dos formas distintas, dependiendo del momento en el que tienen lugar los actos infractores:
Con posterioridad a la concesión de la patente o modelo de utilidad podrá ejercitar las acciones por violación de patente previstas en los artículos 70 y siguiente de la Ley.
A instancia del solicitante la OEPM admitirá, en cualquier momento de la tramitación de la solicitud o posteriormente durante toda la vida de la patente o modelo de utilidad, las modificaciones de los defectos de expresión o errores contenidos en cualquier documento de la solicitud.
Al margen de dichas correcciones, se permite la corrección o adición de la reivindicación de prioridad en una solicitud siempre que se presente una petición de corrección o adición de prioridad dentro del plazo que establece la Ley.
Las reivindicaciones sólo podrán modificarse en determinados momentos del procedimiento y siempre que dicha modificación no implique, en ningún caso, una ampliación del objeto de la solicitud. Dichas modificaciones podrán también realizarse en la descripción, dibujos y secuencias biológicas para mantener la congruencia con las reivindicaciones.
En las Directrices de Examen de las Solicitudes de Patente, disponibles en el apartado Invenciones de la web de la OEPM, encontrará más información relativa a los límites materiales y temporales mencionados.
La duración media del procedimiento dependerá de la existencia de defectos en la tramitación de la solicitud. No obstante, debe tenerse en cuenta que hasta la publicación de la solicitud de patente transcurre un plazo de 18 meses salvo que se solicite la publicación anticipada.
Los plazos de tramitación pueden consultarse de manera orientativa en la Orden ETU/296/2017, de 31 de marzo, por la que se establecen los plazos máximos de resolución en los procedimientos regulados en la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.