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Convocadas las subvenciones de la OEPM de 2025 para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad

Con fecha de 1 de abril de 2025 se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el extracto de la resolución de convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes comienza el 2 de abril y finaliza el 2 de mayo de 2025. 

 

El objetivo de la convocatoria es fomentar e internacionalizar las invenciones de origen español a través de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad, financiando un porcentaje determinado de las distintas tasas que haya abonado el solicitante. 

 

La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM), continúa impulsando la protección de las invenciones nacionales y la utilización de la propiedad industrial por las pequeñas y grandes empresas españolas como herramienta de acceso a los mercados internacionales, contribuyendo así a la mejora de la competitividad de aquellas personas y entidades del sector privado que han emprendido la búsqueda de mercados fuera de España.

 

Es por ello que ha puesto en marcha su convocatoria anual de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de 2025, por un montante total de 5.300.000 euros, para financiar el coste de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad, españoles y en el exterior. 

 

Con fecha de 1 de abril de 2025 se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el extracto de la resolución de convocatoria. El texto completo se encuentra disponible en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y puede consultarlo aquí

 

La formalización y presentación de solicitudes se realizará de manera telemática a través de la sede electrónica de la OEPM (https://sede.oepm.gob.es), en el apartado «Otros trámites (PDAS/PATER/Subvenciones/Autorización presentación en el extranjero)», disponible en el menú «Subvenciones para el fomento de patentes y modelos de utilidad», o bien, directamente a través de este enlace.  El plazo de presentación de solicitudes comienza el 2 de abril y finaliza el 2 de mayo de 2025, ambos inclusive

 

La convocatoria consta de dos programas. El programa para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior consiste en subvencionar actividades que supongan unos costes por el pago de tasas para la consecución de una patente europea, internacional o una patente nacional en oficinas nacionales extranjeras. 

 

Se podrán beneficiar de este programa las personas físicas, PYME, grandes empresas e instituciones privadas sin ánimo de lucro, con residencia y domicilio fiscal en España que cumplan el resto de requisitos establecidos en la convocatoria. 

 

Las actividades que podrá financiar la OEPM son las siguientes:

  • La extensión de una solicitud de una patente o de un modelo de utilidad, ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes. Entre otros conceptos subvencionables, la convocatoria de 2025 incluye trámites de solicitud, informe de búsqueda, examen o concesión, anualidades de la EPO y validación de patente europea.

  • Las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT: trámites de solicitud, búsqueda internacional o examen preliminar.

  • Las actividades objeto de subvención son aquellas cuyo gasto se haya realizado desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.

El programa para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles está destinado a subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles por parte de las PYME y las personas físicas.

 

Las actividades que podrá financiar la OEPM son las siguientes:

  • Las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles: trámites de solicitud y/o informe del estado de la técnica para solicitudes de patentes y modelos de utilidad y examen sustantivo para solicitudes de patentes (publicados en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial», durante los años 2022, 2023 y 2024).

De la presente convocatoria destacan los siguientes aspectos:

  • La Unión Europea ha modificado el límite de las ayudas de minimis, pasando de 200.000 a 300.000 euros. En cumplimiento de la nueva normativa europea, el solicitante deberá aportar, cuando le sea requerido, un certificado de las ayudas de minimis recibidas de acuerdo con lo establecido en la convocatoria. En el caso de personas físicas que no realizan actividad económica, se presentará una declaración responsable donde conste que el solicitante no es considerado «empresa» a efectos de las normas establecidas en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, entendiendo como tal, cualquier entidad, sea persona física o jurídica, que ejerza una actividad económica, con independencia de su naturaleza jurídica y su modo de financiación.

  • Para obtener la condición de beneficiario de subvenciones por un importe superior a los 30.000 euros, las personas físicas y jurídicas con ánimo de lucro, distintas de las entidades de derecho público, y sujetas a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, deberán acreditar cumplir los plazos de pago que se establecen en la citada Ley y especificados en la convocatoria. 

  • Los documentos de gasto requeridos en el programa internacional consistirán en una factura emitida por el representante que haya efectuado el trámite subvencionable. En el caso de que el trámite se haya efectuado directamente por el solicitante de la subvención sin la mediación de un tercero, el documento de gasto podrá estar constituido por la liquidación de la tasa emitida por la correspondiente oficina. La fecha de emisión del documento de gasto debe estar comprendida desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.

  • Los documentos de pago requeridos en el programa internacional consisten en una transferencia bancaria a favor del tercero que haya efectuado el trámite o un pago al contado especificado en la factura. En el caso de que el trámite se haya efectuado directamente por el solicitante de la subvención sin la mediación de un representante, el documento de pago podrá estar constituido por la liquidación de la tasa emitida por la correspondiente oficina.

  • Se recuerda que las personas físicas (inventores u otros) hayan abonado los gastos subvencionables a través de empresas, ya sea PYME o gran empresa, la solicitud de subvención se habrá de realizar como dicha persona jurídica.

DOCUMENTACIÓN

 

  • Convocatoria 2024.

    Descargar Convocatoria 2024.
  • Extracto de la convocatoria en el BOE.

    Descargar Extracto de la convocatoria en el BOE.
  • Bases reguladoras (Orden ICT/677/2019, de 17 de junio).

    Ir a Bases reguladoras (Orden ICT/677/2019, de 17 de junio).
  • Acceso a la aplicación electrónica para solicitar las subvenciones

    Ir a Acceso a la aplicación electrónica para solicitar las subvenciones
  • Acceso a las convocatorias y concesiones de subvenciones de la OEPM en la BDNS

    Ir a Acceso a las convocatorias y concesiones de subvenciones de la OEPM en la BDNS

 

Si durante la cumplimentación de la solicitud de subvenciones apareciera algún mensaje de error, pueden remitir un correo electrónico a la dirección SoporteFuncional@oepm.es, indicando la versión exacta de su navegador, así como la descripción detallada del problema surgido, los mensajes de error  y las capturas de pantalla que sean convenientes. Si encuentra alguna otra dificultad con la cumplimentación de alguno de los datos de la solicitud o necesita clarificar algún punto de la convocatoria, puede enviar un correo electrónico a la dirección Ayuda.Subvenciones@oepm.es.

  • Declaraciones responsables, autorización al representante y datos bancarios (persona física).

    Descargar Declaraciones responsables, autorización al representante y datos bancarios (persona física).
  • Declaraciones responsables, autorización al representante y datos bancarios (persona jurídica no PYME).

    Descargar Declaraciones responsables, autorización al representante y datos bancarios (persona jurídica no PYME).
  • Declaraciones responsables, autorización al representante y datos bancarios (PYME).

    Descargar Declaraciones responsables, autorización al representante y datos bancarios (PYME).
  • Programa exterior - Titulares no coinciden o varios titulares (persona física).

    Descargar Programa exterior - Titulares no coinciden o varios titulares (persona física).
  • Programa exterior - Titulares no coinciden o varios titulares (persona jurídica).

    Descargar Programa exterior - Titulares no coinciden o varios titulares (persona jurídica).
  • Programa exterior - Titulares y pagadores no coinciden (persona física).

    Descargar Programa exterior - Titulares y pagadores no coinciden (persona física).
  • Programa exterior - Titulares y pagadores no coinciden (persona jurídica).

    Descargar Programa exterior - Titulares y pagadores no coinciden (persona jurídica).
  • Programa nacional - Varios titulares (persona física).

    Descargar Programa nacional - Varios titulares (persona física).
  • Programa nacional - Varios titulares (persona jurídica).

    Descargar Programa nacional - Varios titulares (persona jurídica).

 

Información general y preguntas frecuentes. 

 

La formalización y presentación de solicitudes se realizará de manera telemática a través de la sede electrónica de la OEPM (https://sede.oepm.gob.es), en el apartado «Otros trámites (PDAS/PATER/Subvenciones/Autorización presentación en el extranjero)», disponible en el menú «Subvenciones para el fomento de patentes y modelos de utilidad», o bien, directamente en este enlace.

 

En la citada aplicación encontrará textos de ayuda a los que podrá acceder pulsando el icono i_icono. Además, ponemos a su disposición la siguiente documentación con información de su interés:

  • Preguntas frecuentes sobre la convocatoria de subvenciones.

    Descargar Preguntas frecuentes sobre la convocatoria de subvenciones.
  • Preguntas frecuentes sobre la aplicación informática de solicitud de subvenciones.

    Descargar Preguntas frecuentes sobre la aplicación informática de solicitud de subvenciones.
  • Ayuda para cumplimentar el modelo de solicitud de subvenciones.

    Descargar Ayuda para cumplimentar el modelo de solicitud de subvenciones.
  • Instrucciones para cumplimentar la pestaña Patentes.

    Descargar Instrucciones para cumplimentar la pestaña Patentes.
  • Requerimientos técnicos de la aplicación de subvenciones.

    Descargar Requerimientos técnicos de la aplicación de subvenciones.
  • Primeros pasos para la firma de la solicitud.

    Descargar Primeros pasos para la firma de la solicitud.

 

Si durante la cumplimentación de la solicitud de subvenciones apareciera algún mensaje de error, pueden remitir un correo electrónico a la dirección SoporteFuncional@oepm.es, indicando la versión exacta de su navegador, así como la descripción detallada del problema surgido, los mensajes de error  y las capturas de pantalla que sean convenientes. Si encuentra alguna otra dificultad con la cumplimentación de alguno de los datos de la solicitud o necesita clarificar algún punto de la convocatoria, puede enviar un correo electrónico a la dirección Ayuda.Subvenciones@oepm.es.

 

Vínculos de interés.

 

En este apartado se ofrecen algunos enlaces sobre información complementaria que puede resultar de interés a la hora de cumplimentar su solicitud o que informan acerca de cómo realizar ciertos trámites que le pudieran ser requeridos.

 

  • Tesorería General de la Seguridad Social.

    Ir a Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

    Ir a Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
  • Instrucciones para la obtención de un certificado de Clase 2 de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
    Ir a Instrucciones para la obtención de un certificado de Clase 2 de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
  • Portal IPYME.

    Ir a Portal IPYME.
  • Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

    Ir a Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de <i>minimis</i>.

 

Protección de datos. 


En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD), se informa de que los datos personales facilitados en esta solicitud serán tratados por la OEPM, con la finalidad de gestionar la participación en la presente convocatoria de subvenciones. 

 


Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, ante el responsable del tratamiento de la OEPM  por correo electrónico a la dirección protecciondedatos@oepm.es, así como acceder a información adicional en la página web del organismo www.oepm.es o bien, a través del siguiente enlace https://www.oepm.es/es/proteccion-de-datos/.

 


La legitimación para el tratamiento se basa en el artículo 6.1.c) del RGPD, a saber, que dicho tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, así como en el 6.1.e), el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. La base jurídica de la obligación legal se encuentra en la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en las bases de las presentes subvenciones, reguladas por la Orden ICT/677/2019, de 17 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad por la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.

 


Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se han recabado y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.

 


Los datos personales podrán ser comunicados a entidades bancarias y cajas de ahorros, así como a otros servicios competentes de las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, y en particular al Ministerio del Interior, al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidad, a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a la Intervención General de la Administración del Estado y al Tribunal de Cuentas, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con la legislación específica aplicable en cada caso.

 


De acuerdo con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios serán objeto de publicación en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (portal infosubvenciones).