El 3 de junio de 2024 se ha publicado en la página web de la OEPM Resolución de 3 de junio de 2024, de la Dirección de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se declaran aptos provisionalmente a los aspirantes que han superado las pruebas de aptitud acreditativas de los conocimientos necesarios para la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial. Dicha publicación figura en el enlace: Agentes de la Propiedad Industrial 2023 - Portal OEPM.
Y tal y como se establece en la Resolución de 3 de abril de 2023, de la Dirección de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se convocan exámenes de aptitud acreditativos de los conocimientos necesarios para el ejercicio de la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial y del conocimiento del Derecho español para el reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la actividad de Agente de la Propiedad Industrial a ciudadanos de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (convocatoria), a partir de la fecha de publicación, los aspirantes declarados aptos provisionalmente dispondrán de un plazo de un mes para presentar los siguientes documentos:
a) Copia compulsada, electrónicamente en su caso, del documento de identidad o pasaporte, salvo en el caso de los aspirantes que tuvieran la nacionalidad española y hubieran autorizado a la OEPM al acceso a sus datos personales adjuntando el anexo V (de la convocatoria).
b) Copia compulsada, electrónicamente en su caso, del título universitario oficial que conste en su solicitud, o certificación académica de haber superado los estudios necesarios para su obtención en la fecha requerida en la base 2.1 de la convocatoria, acompañada, cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
c) En el caso de que el título sea distinto, pero se encuentre asimilado a alguno de los enumerados en el apartado d) de la base 2.1 de la convocatoria, se aportará, además de una fotocopia compulsada, electrónicamente en su caso, de dicho título, credencial de homologación o certificado de equivalencia a alguno de los títulos mencionados en el apartado d) de la base 2.1.
d) Declaración jurada o promesa de no estar procesado ni haber sido condenado por delitos dolosos, excepto si se hubiera obtenido rehabilitación (anexo VI de la convocatoria).
e) Los aspirantes que hayan realizado los estudios de máster universitario en materia de propiedad industrial a los que hace referencia la base 7.3 de la convocatoria deberán presentar una copia compulsada, electrónicamente en su caso, del título acreditativo de haberlos superado.
No se tendrá por superado el examen de aptitud por quienes, dentro del plazo fijado, y salvo caso de fuerza mayor motivado, no presentaran la documentación señalada, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algún requisito de los exigidos en la base 2 de la convocatoria, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud inicial.
Finalizado el plazo de presentación de documentación de los declarados aptos, la persona titular de la Dirección de la OEPM expedirá los correspondientes certificados de aptitud y publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la resolución con la relación definitiva de los aspirantes que han sido declarados aptos de acuerdo con la presente convocatoria por orden de puntuación, y con indicación de apellidos y nombre, así como número de DNI, pasaporte o documento de identificación correspondiente en la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
We use our own and third-party cookies to analyse the website traffic regarding your preferences based on a profile of your browsing habits. Do you accept these cookies?