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Preguntas frecuentes

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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Tras la concesión de la patente europea, será necesario proceder con el trámite de validación, para que tenga validez en España.

Para ello, en el plazo de 3 meses siguientes a la publicación de la concesión en el Boletín Europeo de patente, el titular que desee obtener la protección en España deberá aportar la traducción de la patente tal y como hubiera sido concedida junto con el pago de la tasa correspondiente a la validación.

La solicitud irá acompañada de la traducción al español del folleto completo de la patente europea tal como haya sido concedida, modificada o limitada por la Oficina Europea de Patentes.

Con carácter general, los requisitos formales del folleto traducido deberán contener la información que a continuación se detalla en el siguiente enlace. Asimismo, se incluyen donde se indican los formularios y las tasas:

Folleto

Formulario e instrucciones

Presentación electrónica

Tasas

La LP establece que se debe presentar para la validación en España de una patente europea “[…]traducción al español de la patente europea tal como haya sido concedida.” (art. 155).

A efectos prácticos el Servicio de Patente Europea y PCT considera que se cumple la ley con la traducción de la publicación B1, B2 o B3, según corresponda, realizada por la Oficina Europea de Patentes.

En este sentido, y en el caso de patentes europeas que incluyan listas de secuencias hay que tener en cuenta:

1. Si en la publicación de la Oficina Europea no se ha publicado la lista de secuencias, en la primera página aparecerá una nota (Remarks, Remarques o Bemerkungen) indicando que la lista de secuencias se puede ver en su página Web. En este caso, no hace falta la presentación del listado, y en la portada del folleto T3 español se incluirá una nota remitiendo a la del fascículo europeo.

2. Si en la publicación europea se ha incluido la lista de secuencias -no importa la amplitud de la misma- se debe presentar pagando las páginas que corresponda por hoja adicional.

La duración del derecho en España es de 20 años desde la fecha de presentación y produce sus plenos efectos desde que la misma es concedida.

En lo relativo a la patente europea, teniendo en cuenta que una vez validada produce todos sus efectos como si de una patente nacional se tratara hay que tener en cuenta que la protección definitiva en España, tendrá lugar cuando el titular de una patente europea presente una traducción al español del texto de la patente europea concedida. Ahora bien, los efectos tienen carácter retroactivo al momento de la publicación de la mención de concesión en el Boletín Europeo de Patentes.

En materia de patente europea, la OEPM solo actúa una vez que la misma ha sido concedida y su validación ha sido instada en el plazo de 3 meses siguientes a la publicación de la concesión en el Boletín Europeo de Patente. En este sentido, sí se puede pedir la publicación urgente de la validación en España.

Para ello, se deberá presentar un escrito solicitando la publicación urgente de la traducción de la patente europea. Es decir, solo se puede pedir la publicación urgente tras la concesión que ha llevado a la validación en España.

Dicho trámite está sujeto al pago de la tasa de “Resolución Urgente”, cuyos códigos son IE03 o IT03, dependiendo de que el trámite o el pago se realicen electrónicamente o no.