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Frequently Asked Questions

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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Industrial Property
Trademarks and Trade Names
Collective and Certification Marks
Proof of use
International trademarks
Transformations
National patent and utility model
Supplementary protection certificate
European patent and validation
International PCT application
Reinstatement of rights
Transfers and licensing
Fees
Patent management and valuation
Representation
Industrial Property Agents (IPA)
European Qualifying Examination (EQE)
Representation and Brexit
Classifications
Invalidity and revocation of trademarks and trade names
Geographical indications

La fecha de depósito es la fecha en la que el solicitante entrega una solicitud de patente en las oficinas autorizadas al efecto. Esta fecha puede o no coincidir con la fecha de presentación de la solicitud, que será aquella en la que el solicitante haya presentado, al menos los siguientes elementos:

  • La indicación de que se solicita una patente (en español).
  • Las informaciones que permitan identificar al solicitante o contactar con él (en español).
  • Una descripción de la invención para la que se solicita la patente, aunque no cumpla con los requisitos formales establecidos en la Ley, o la remisión a una solicitud presentada con anterioridad. (en cualquier idioma).

La ley 24/2015 elimina la posibilidad de optar por una doble vía para la tramitación y concesión de una patente española, por una tramitación única con examen obligatorio de los requisitos de patentabilidad, con posibilidad de denegación si no supera las objeciones y donde las oposiciones serán post-concesión.

En cuanto a su tramitación, destaca la realización temprana del IET, que se realizará a la vez que el examen de oficio, y cuya publicación, si está disponible, se producirá junto con la publicación de la solicitud.

Por último, destaca la posibilidad de modificar la patente en un momento avanzado, mediante una petición de revocación o limitación, durante la vida legal de la patente, incluido el periodo de vigencia de los CCPs, en su caso.

Como regla general, la Universidad Pública o Ente Público de Investigación, asumirá la titularidad de las invenciones realizadas por su personal investigador, independientemente de la naturaleza de la relación laboral de los investigadores.

El organismo o entidad pública, en el plazo de 3 meses desde la recepción de la notificación sobre la invención, deberá comunicar por escrito al inventor o inventores su voluntad de mantener sus derechos sobre la misma. Pasado ese plazo, su derecho caducará y los inventores podrán solicitar la patente.

Salvo que se pruebe lo contrario, se considera que toda invención que desarrolle un empleado en el año posterior a la extinción de su relación laboral, se ha realizado durante la vigencia de la misma. Por tanto, será asumible por la empresa en la que trabajaba y no por la empresa donde actualmente desarrolle su actividad profesional.