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Preguntas frecuentes

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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Propiedad Industrial
Marcas y Nombres Comerciales
Marcas colectivas y de garantía
Prueba de uso
Marcas internacionales
Transformaciones
Patente nacional y modelo de utilidad
Certificado complementario de protección
Patente europea y validación
Solicitud internacional PCT
Restablecimiento de derechos
Transmisiones y licencias
Tasas
Gestión y valoración de patentes
Representación
Agentes de la propiedad industrial (API)
Examen de calificación europeo (EQE)
Representación y Brexit
Clasificaciones
Nulidad y caducidad de marcas y nombres comerciales

La OMPI mantiene una lista actualizada de los miembros que son parte del Sistema. Igualmente, puede encontrar la lista de países y organizaciones en el apartado 11 del formulario oficial MM2.

La protección de marcas a través del Sistema de Madrid solo puede obtenerse en aquellos países que son parte del mismo. Los países que no son parte del Sistema de Madrid no aplican este procedimiento de registro internacional y, por tanto, no pueden ser seleccionados para obtener la protección de su marca por esta vía. Para proteger su marca en estos países tendrá que solicitar el registro de una marca nacional ante sus respectivos organismos de registro.

No, no es necesario que se haya concedido ya el registro de su marca para presentar la solicitud de registro internacional. Podrá acceder al Sistema Internacional de Registro de Marcas aun cuando su solicitud de registro todavía no haya sido concedida, pudiendo presentar la solicitud de marca nacional e, inmediatamente después, presentar la solicitud de registro internacional.

No es posible incluir nuevos productos o servicios o clases en la solicitud de registro internacional que no fuesen parte ya de la solicitud o registro nacional.