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Frequently Asked Questions

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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Industrial Property
Trademarks and Trade Names
Collective and Certification Marks
Proof of use
International trademarks
Transformations
National patent and utility model
Supplementary protection certificate
European patent and validation
International PCT application
Reinstatement of rights
Transfers and licensing
Fees
Patent management and valuation
Representation
Industrial Property Agents (IPA)
European Qualifying Examination (EQE)
Representation and Brexit
Classifications
Invalidity and revocation of trademarks and trade names
Geographical indications

No deberán probar el uso aquellas marcas o nombres comerciales oponentes que no lleven más de cinco años registrados en la fecha de presentación o prioridad de la solicitud impugnada.

Si el solicitante pidiese prueba de uso en este caso, su petición sería rechazada por improcedente y se seguirá con la tramitación de fondo del procedimiento de oposición.

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Como se ha dicho anteriormente, el solicitante de un signo distintivo puede exigir la prueba de uso a todos o a alguno de los oponentes que hayan presentado una oposición al registro de su marca o nombre comercial.

En el caso de la oposición que se haya presentado en base a varias marcas o nombres comerciales, el solicitante no tendrá necesariamente que pedir la prueba de uso para todas ellas, sino que podrá pedirla solamente para alguna o incluso sólo para algunos de los productos o servicios para los que están solicitadas o registradas esas marcas o nombres comerciales.

Más información

Los oponentes solamente estarán obligados a probar el uso de aquellos signos anteriores que lleven registrados más de cinco años, puesto que la obligación de usar una marca o nombre comercial no es exigible inmediatamente después de su registro, sino que el titular tiene un “periodo de gracia” de cinco años, como se explica a continuación.

Más información

La posibilidad de solicitar prueba de uso en el procedimiento de oposición afecta a aquellas solicitudes de registro presentadas a partir del 1 de mayo de 2019 (inclusive).

Por tanto, las presentadas antes de esa fecha no podrían beneficiarse del régimen de la prueba de uso.

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