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Frequently Asked Questions

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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Representation and Brexit
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Invalidity and revocation of trademarks and trade names
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Cuenta con la Guía del Usuario de Madrid eFiling para solicitantes a su disposición, donde encontrará todos los detales e información adicional sobre el uso de este sistema para la presentación de su solicitud de registro internacional

No, tanto personas físicas como personas jurídicas pueden utilizar el sistema. Para acceder al mismo sólo será necesario contar con una cuenta en OMPI.

Se trata de una forma de presentación en la que el propio sistema recupera de forma automática los datos de la solicitud o registro nacional que sirve de base de tal forma que no es necesario cumplimentar manualmente el formulario MM2. Gracias a ello se reducen los posibles errores y posibilita una tramitación más rápida de su solicitud.

La solicitud de registro internacional devenga el pago de dos tasas:

- La tasa nacional de intermediación (si se presenta en formato papel: clave MT03; si se presenta a través de la sede electrónica: clave ME06). Esta tasa debe abonarse ante la OEPM y justificar su pago con la presentación de la solicitud.

- La tasa internacional, que debe abonarse mediante transferencia a la OMPI en la cuenta que figura en la parte inferior de la hoja de pago de tasas.