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Preguntas frecuentes

 

Respondemos todas aquellas dudas referentes a los diferentes procesos implicados en la propiedad industrial.

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Representación
Agentes de la propiedad industrial (API)
Examen de calificación europeo (EQE)
Representación y Brexit
Clasificaciones
Nulidad y caducidad de marcas y nombres comerciales

1. You should do official searches in the SPTO, the Central Mercantile Register and Red.es and any other internet domain name registering body in order to ascertain whether your chosen name or distinctive signs have previously been registered by another business owner in one or several of these registers.

2. You should be aware that, before initiating any commercial activity with the chosen signs, it is advisable to make a reservation or register the sign(s) with the correct registry or registries to prevent a third party registering ahead of you.

3. You should be aware that if you choose not to register the name or distinctive signs with one of the above registries, it is possible that a third party may register that same name with the subsequent damages or that by using it you may be infringing the registered rights of a third party.

4. Registering a trademark or trade name is not compulsory, but the exclusive rights to them are awarded through a valid registration process (Art. 2.1. the Trademark Act).

5. You can carry out commercial activities without being registered as a company (except for cases specifically regulated by the law).

La protección en España se obtiene de varias formas:

- Vía nacional: La solicitud se elabora siguiendo los requisitos establecidos por la Ley 17/2001 de 7 de diciembre de marcas.

- Vía Europea: Existe la posibilidad de obtener una MARCA DE LA UNIÓN EUROPEA mediante una única solicitud, que deberá presentarse directamente ante la EUIPO (Alicante). Dicha marca es una a todos los efectos, concediéndose, denegándose o anulándose para todo el territorio de la Unión Europea.

- Vía Internacional: se puede obtener protección en más de 100 países (entre ellos España) depositando una única solicitud, en la OEPM para su traslado a la Oficina Internacional de OMPI (Ginebra) quien dará traslado a las oficinas nacionales de los países designados por el titular de la solicitud originaria,. Cada país puede conceder o denegar la protección. Se trata de una solicitud única pero que, una vez registrada en todos los países designados, da lugar a un conjunto de registros nacionales igual que si se hubieran solicitado país por país.

La protección en el extranjero se obtiene de varias formas:

- DIRECTAMENTE país por país, presentando las correspondientes solicitudes en cada uno de los países en los que se quiere registrar la marca.

- Mediante una MARCA INTERNACIONAL, que exigen tener una solicitud española o una marca española ya registrada o una de la Unión.

- Mediante una Marca de la UE. 

Toda la información sobre marcas, nacionales, internacionales y de la Unión puede obtenerse en nuestra página dentro de la pestaña de marcas y nombres comerciales. Allí encontrará toda la información sobre el registro de marcas internacionales conforme al Sistema de Madrid y toda la información sobre Marca de la UE.

Si desea registrar una Marca de la UE consulte la información en la página www.oami.europa.eu.

Si lo que desea es registrar una marca internacional conforme al Sistema de Madrid es IMPRESCINDIBLE que parta de una marca base nacional (o solicitud de marca) o de una Marca de la UE (la Marca de la UE es equivalente a una marca  nacional). En la Sección de MARCA INTERNACIONAL encontrará toda la información, formularios, tasas, países miembros, etc sobre esta modalidad.

En los países que no son miembros del sistema de Madrid ni pertenecen a la Unión Europea deberá realizarse el registro en cada uno de ellos conforme a su legislación y requisitos. Desde nuestra página, www.oepm.es ENLACES puede acceder a las páginas de las Oficinas Nacionales de Propiedad Industrial.

Although it is not necessary for the sign to be new in a non-existent sense in order to be registered, it is important to apply for it before revealing it so as to prevent a third party from filing an identical or similar application before you do.