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Junio 2019 | Boletín nº 112 | Suscríbete
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Novedades OEPM

No pierdas detalle

Como viene siendo habitual te presentamos las novedades mensuales de la OEPM, para que estés al corriente de todo lo que ocurre en el mundo de la Propiedad Industrial.

En primer lugar, nos gustaría exponer ciertos cambios procedimentales registrados recientemente en el ámbito de las Marcas. Por un lado, desde el 30 de mayo de 2019 se ha eliminado la remisión de notificaciones al solicitante por la OEPM en el Procedimiento de Transformación de Marcas de la Unión Europea. Estas notificaciones se realizaban cuando la petición de transformación se presentaba a través de la OEPM y tenían por objeto transmitir al solicitante el número de expediente asignado y recordarle los requisitos que debía cumplir. En adelante, el solicitante deberá presentar toda la documentación exigida por el artículo 86.2 de la Ley 17/2001/, de 7 de diciembre, de Marcas, dentro del plazo de dos meses (conforme al artículo 42.1 del Real Decreto 687/2002, Reglamento de Ejecución de la Ley de Marcas) contados a partir de la fecha indicada por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140.5 in fine del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de junio de 2017 sobre la Marca de la Unión Europea. La documentación requerida podrá presentarse mediante el formulario disponible en la sede electrónica de la OEPM en el apartado trámite de “Solicitud de transformación de una Marca de la Unión Europea en Marca Nacional”. Una vez recibida la solicitud de transformación, la OEPM emitirá un justificante de presentación de la misma y comunicará al solicitante el número de Marca Nacional asignado al expediente en tramitación. Esta comunicación se remitirá a la dirección de correo electrónico que se haya indicado en la Solicitud de Transformación de Marca. Conviene recordar que para reivindicar la prioridad unionista en la nueva Marca Nacional resultante de la transformación deberán cumplirse los requisitos previstos por los artículos 14.3 de la Ley de Marcas y 6 del Reglamento de Ejecución.

Por otro lado, la OEPM ha actualizado el pasado 3 de junio de 2019 la Comunicación Común sobre la representación de nuevos tipos de Marcas para ajustarse a los cambios derivados de la implantación de la Directiva (EU) 2015/2436 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros en materia de Marcas. Aunque algunos Estados Miembros han debido abordar ulteriores modificaciones, en el caso de España los cambios se han limitado a homogeneizar la traducción de los textos correspondientes al Cuadro 1 “Definiciones y medios de representación” para que se ajusten lo máximo posible a las contenidas en el Reglamento de Ejecución de la Ley de Marcas (artículo 2.3).

En segundo lugar, nos gustaría repasar los cursos de verano que organiza la OEPM este año:

¡Matricúlate ya, no te decepcionarán!

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Fax 91 349 55 97 902 157 530 información@oepm.es
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