Si desitges distingir els teus productes, serveis o tots dos dels d'una altra empresa, és possible que necessitis una marca o nom comercial. Descobreix què són, en què consisteix el seu procediment de registri i què implica.
Información sobre los plazos de presentación de solicitudes de transformación de marcas de la Unión Europea en marca nacional española. Más información
Si tens un nou dispositiu, producte o procediment que resolgui un problema tècnic o tingui un avantatge pràctic, existeixen diferents formis de protegir-ho a Espanya i en altres països. Descobreix com fer-ho.
La teva innovació resideix en l'estètica, l'ornamentació o l'aparença del teu producte? Protegeix-la mitjançant un disseny industrial. Descobreix quins drets confereix el registri i com realitzar la tramitació.
Els patents publicades a tot el món són una valuosa font d'informació científica, tècnica i comercial.
El Bono 3 del Fondo para PYMEs 2025, que cubre la elaboración de Informes Tecnológicos de Patentes (ITP) y Búsquedas Retrospectivas se cerrará el lunes 10 de febrero de 2025 al cierre de la jornada laboral. Próximamente se informará sobre su reapertura. Puede consultar más información aquí.
Si ets emprenedor/a o una empresa i vols potenciar i millorar la rendibilitat del teu negoci protegint de forma adequada els actius intangibles de la teva organització, en aquest espai trobaràs el necessari.
El pasado 31 de marzo, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. Dicho Reglamento, que entró en vigor el 1 de abril conjuntamente con la Ley, tiene como objetivo establecer un procedimiento rápido y eficaz para conceder patentes en España.
En cuanto al procedimiento de concesión, el Reglamento dispone que las solicitudes de la patente se presentarán ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) y deberán contener la descripción de la invención, las reivindicaciones, que definen el objeto para el que se solicita la patente, y el resumen de la invención. Asimismo se reducen los requisitos para obtener una fecha de presentación, que implica la admisión a trámite de la solicitud tanto para patentes como para modelos de utilidad.
Se suprime la anterior estructura secuencial del procedimiento de concesión de patentes, que se basaba en la superación de diferentes etapas, para pasar directamente a la fase de búsqueda del estado de la técnica. De este modo se acortan y se adecúan los plazos con el objeto de facilitar al solicitante información relevante que le permitirá decidir su estrategia empresarial a la hora de patentar en el extranjero.
El Reglamento desarrolla el nuevo procedimiento de oposición posterior a la concesión y los procedimientos de revocación o limitación de las patentes, regulación novedosa e inédita dentro del procedimiento español de concesión de patentes.
Regula por primera vez el procedimiento de tramitación para la concesión de los Certificados Complementarios de Protección (CCP) para los medicamentos de productos farmacéuticos y fitosanitarios, figura de gran importancia para la industria farmacéutica ya que permite extender el plazo normal de 20 años de duración de la protección de la patente.
Establece además el régimen de aplicación de los convenios internacionales como el Convenio sobre la Concesión de la Patente Europea o el del Tratado de Cooperación en materia de Patentes.
El Reglamento desarrolla algunos aspectos de la ley en materia de Tasas, como la bonificación de tasas destinada a Universidades Públicas o la reducción en un 50% de la tasa de solicitud para los emprendedores que sean personas físicas y para las Pymes, lo que beneficiará al sector innovador español.
En lo que se refiere a los modelos de utilidad desarrolla los diversos trámites del procedimiento de concesión y cuestiones prácticas relativas al informe preceptivo para el ejercicio de acciones judiciales previsto en el artículo 148.3 de la Ley.
Se puede consultar el texto en:
Reglamento por el que se desarrolla la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes
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